El tercero que quiera pagar una deuda necesitará autorización previa del deudor
El tercero que quiera pagar una deuda necesitará autorización previa del deudor para proceder a este pago; ya que con la autorización se entiende que puede tener acceso a los datos tributarios de autorizante. Si no existe autorización o apoderamiento, no será posible facilitar a un tercero los datos tributarios de otra persona.
El Consultor Aytos nº12/19, 1/12/19