Participación de los grupos con un solo concejal en las comisiones informativas.
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 diciembre de 2001 (LA LEY 1695/2002), al prever que los grupos municipales integrados por un único concejal tienen derecho a participar en todas las comisiones informativas, y en tal caso cede el principio de proporcionalidad a favor del de participación en la fase de estudio y preparación de las decisiones. Carece por tanto de cobertura jurídica la exclusión del concejal de todas o en su caso algunas de las Comisiones Informativas Municipales que sean objeto de constitución
El Consultor Aytos nº10/19, 1/10/19