CONTRATACIÓN

La responsabilidad del contratista en los Servicios Públicos (II).
El sistema de atribución y determinación de la responsabilidad patrimonial cuando el obrar de la Administración no es realizado a medio de gestión directa, sino en régimen de concesión de servicio o de contratación pública, da lugar a uno de los debates con más honda polémica en nuestro Derecho. La controversia sobre la materia es habitual, ya que en la producción del daño concurren concesionarios y contratistas que están llevando a término una actividad privada lucrativa incardinada en el seno de una actividad pública. A ello debe añadírsele la circunstancia de que estos supuestos tienen una gran importancia tanto cuantitativa como casuística. En el presente estudio se tratará de ofrecer una solución práctica a los posibles supuestos que surgen en el tráfico diario de las Administraciones.
El Consultor Aytos nº10/19, 1/10/19

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